Condominio: el contrato de condominio es un requisito
que debe tener los edificios en el cual
se establecerán las normas de
convivencia entre copropietarios y uso de las cosas comunes del edificio y de
las privativas de cada apartamento y en caso de procederse a la enajenación de
uno cualquiera de los apartamentos o locales de un edificio, el propietario o
los propietarios del inmueble declararán por documento protocolizado en la
correspondiente Oficina Subalterna de Registro, su voluntad de destinarlo para ser enajenado
por apartamentos o locales. ; La indicación precisa del destino dado al
edificio, derechos y obligaciones en la conservación y administración del
inmueble que tiene cada propietario y cualquiera
otra circunstancia que interese hacer constar. Abogados Económicos en Caracas
les redacta la constitución del condominio por favor comunicarse por el
teléfono 04165596552. Escritorio Jurídico. Dra. Pérez. Caracas. Venezuela
Requisitos :
El documento debidamente
redactado por abogados económicos en Caracas
Reglamento de Condominio.
Constancia Cumplimiento de Variables urbanas o constancia de Terminación
de Obras. (Art. 89 y 95 de la ley de Ordenación Urbanística)
Permisos de Habitabilidad Sanitaria y Municipal. (Solo para edificaciones
cuyo permiso de construcción haya sido expedido antes de la vigencia
de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística de 1989).
Planos.
Timbres Fiscales. 0,02 U.T por folio mas 0,02 de U.T. para la nota
de registro.
Fotocopia de la Cédula de Identidad de los Otorgantes y/o Presentante. Escritorio Jurídico, Dra. Pérez. Telf: 02127458279.Caracas.Venezuela
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