Plazo para la declaración de nacimientos
viernes, 22 de mayo de 2015
Plazo para la declaración de nacimientos la declaración de nacimiento debe
hacerse dentro de los noventa días siguientes al mismo, ante la primera autoridad
civil de la parroquia o municipio. En aquellos casos en que el lugar de nacimiento
diste más de tres kilómetros del lugar del despacho de la primera autoridad civil, la
declaración puede hacerse ante los comisarios o comisarías así como ante el
funcionario público o funcionaria pública más próximo, competente para tales
fines, quien la extenderá por duplicado en hojas sueltas y entregará uno de los
ejemplares al presentante y el otro lo remitirá al jefe o jefa civil de la parroquia o
municipio, quien lo insertará y certificará en los libros del Registro respectivo.
Labels:
Plazo para la declaración de nacimientos
Posted by
Dra.Ledimar Pérez
at
5/22/2015 10:21:00 a. m.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comments:
Publicar un comentario