Declaración Sucesoral del Dinero de unas cuentas Bancarias del Fallecido
miércoles, 20 de mayo de 2015
Amigo(a) los herederos deben realizar dentro de los 180 días hábiles contados a partir de la fecha de defunción del
fallecido la Declaración Sucesoral de los bienes , si lo que dejó en sucesión el causante fue unas cuentas
bancarias , fideicomisos , acciones , cajas de ahorro , cuentas por
cobrar, seguros ,etc . En el caso de las cuentas bancarias deben dirigirse a la institución bancaria y solicitar estado de
cuenta bancaria con su Nro. de cuenta y monto donde conste el saldo a la
fecha del fallecimiento. así con estos documentos y otros que son necesarios, se le puede realizar la declaración sucesoral y así podrán ustedes como herederos disponer de este capital, pero recuerde que también va a necesitar una declaración de únicos universales herederos , para ser presentada ante la institución financiera.
Para la realización , elaboración de la declaración sucesoral los herederos deben tener los siguientes documentos :
Cédula de identidad de cada uno de los herederos, copia de la partida de nacimiento .
Rif. personal
Rif.Sucesoral
Acta de matrimonio en caso de ser casado.
Documento de propiedad de los bienes en caso de declarar bienes muebles o inmuebles.
Estado de cuenta y todos los documentos que acrediten el derecho que le corresponden a la persona fallecida. copia de los soportes de los activos y pasivos para ser declarados en la declaración de la sucesión. Etc. Abogados económicos en Caracas les realiza la declaración Sucesoral de los bienes a honorarios solidarios y justos, somos abogados responsables y diligentes con mas de 20 años de experiencia profesional, que estamos a su servicio para que usted pueda declarar los bienes lo mas pronto posible y puedan disponer de ellos, para mayor información comunicarse al 0416 5596552. Dra.Ledimar Pérez.Estamos ubicados cerca del metro Capitolio. Caracas.
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Dra.Ledimar Pérez
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5/20/2015 04:06:00 p. m.
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