¿Cuándo debo Realizar una Acción mero Declarativa de Concubinato?
¿Cuándo debo Realizar una Acción mero Declarativa de Concubinato?
domingo, 23 de julio de 2017
El artículo 77
de la
Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, equipara al matrimonio a las uniones estables de hecho
entre un hombre y una mujer, que cumplan con los requisitos de la ley,
estableciendo que ambas instituciones al unísono, entendidas como familia
tendrán y producirán respecto de sus miembros los efectos establecidos en la
Ley. Existen derechos y deberes en esta relación, equiparándola al matrimonio y si usted ha mantenido una relación
estable de hecho o concubinato por varios años
y durante esta unión adquirieron
bienes donde ambos contribuyeron a fomentarlos
y luego de varios años de esta unión concubinaria por x razones se termino, ya no
conviven juntos. Y empiezan los conflictos en cuanto a los bienes, que ese bien
me pertenece o no te pertenece a ti, ante estas situaciones; es cuando hay que
realizar la Acción mera declaratativa de concubinato, no para pelear los bienes, sino para demostrar
ante la ley que esta relación efectivamente existió y sea declarada como tal,
todo de acuerdo a las pruebas aportadas en el proceso y es a partir de allí, que una vez que sea declarado por un
tribunal; es que usted podrá solicitar la
partición de esos bienes, que ustedes como parejas estables de hecho adquirieron.
Este sería un caso en el que le correspondería a usted como persona interesada intentar dicha
acción, claro esta siempre con la asistencia de un profesional del derecho y
quien mejor que Abogados económicos en caracas que somos abogados responsables,
diligentes y que estamos para prestarle el mejor servicio legal.
Cual sería otro caso, bueno sería
esos donde el concubino se murió y dejo bienes que fueron adquiridos
durante esa unión concubinaria. Usted como concubina(o) le corresponderá intentar
ante el tribunal una Accion mero declarativa de concubinato y luego de la
sentencia que la declare, podrá usted hacer la declaración sucesoral de los
bienes dejados en sucesión o reclamar ante los demás familiares que la
excluyeron o que le desconocen su derecho. El derecho existe solo hay que
hacerlo valer correctamente y cumpliendo con lo que la ley le establece.
Abogados económicos en
Caracas estamos para atender su caso y brindarle la mejor asesoría y asistencia
legal en ese asunto que tanto le preocupa y que tiene solución,Comunicate y serás atendido por abogados con mas de 20 años de experiencia, responsables que atenderemos su
caso con esmero y eficacia .
Le invitamos a comunicarse
al Telf. 04165596552 Dra. Ledimar Pérez. Caracas
Labels:
¿Cuando debo Realizar una Acción mero Declarativa de Concubinato?
Posted by
Dra.Ledimar Pérez
at
7/23/2017 04:56:00 p. m.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comments:
Publicar un comentario