Protección de inamovilidad laboral a los padres con hijos e hijas con discapacidad

domingo, 23 de julio de 2017

La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras tiene por objeto proteger al trabajo como hecho social y garantizar los derechos, en cuanto a esto quiero señalar  que la trabajadora o el trabajador que tenga un hijo, hija o más, con alguna discapacidad o enfermedad que le impida o dificulte valerse por sí misma o por sí mismo, estará protegida o protegido de inamovilidad laboral en forma permanente, conforme a la ley. Amigo trabajador si te han despedido injustificadamente y ademas tienes un hijo con discapacidad estas en todo tu derecho de ser protegido por esta ley. ya que de acuerdo a lo establecido en el siguiente articulo son:
Normas de Orden Público Artículo 2º. Las normas contenidas en esta ley y las que deriven de ella, son de orden público y de aplicación imperativa, obligatoria e inmediata, priorizando la aplicación de los principios de justicia social, solidaridad, equidad y el respeto a los derechos humanos.
Medidas para garantizar la aplicación de esta Ley Artículo 4º. En ejercicio de las atribuciones previstas en la Legislación Laboral, las autoridades administrativas o judiciales del trabajo, por imperativo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, están facultadas para lograr que sus decisiones administrativas o judiciales restituyan la situación jurídica infringida de carácter laboral, y aplicarán los correctivos y medidas tendientes a lograr la ejecución de esas decisiones en el ámbito de eta ley. Abogados Económicos en Caracas.

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